Vacaciones en el finiquito: cómo calcularlas y cuánto cobrar 2026

📌 Puntos clave

  • Las vacaciones son un derecho adquirido: siempre se cobran aunque te vayas voluntariamente.
  • Se calculan proporcionalmente a los días trabajados en el año.
  • La empresa no puede negarse a pagar las vacaciones no disfrutadas.

Independientemente de cómo termine tu relación laboral, tienes derecho a cobrar los días de vacaciones que hayas generado y no hayas disfrutado. El cálculo de vacaciones en el finiquito es uno de los conceptos más importantes y a menudo mal calculados. La liquidación de vacaciones se aplica siempre, incluso en la baja voluntaria.

Fórmula de cálculo

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a vacaciones anuales retribuidas. Las no disfrutadas deben liquidarse en el finiquito, calculándose de forma proporcional al tiempo trabajado.

Vacaciones a cobrar = (Días anuales / 365) × Días trabajados en el año − Días ya disfrutados

Importe = Días pendientes × Salario diario bruto

Tabla de referencia por mes de salida

Mes de salidaDías trabajados (aprox.)Vacaciones generadas (22 días/año)
Enero311,9 días
Marzo905,4 días
Junio18110,9 días
Septiembre27316,5 días
Diciembre36522 días

Ejemplo práctico paso a paso

Supongamos un trabajador con salario bruto de 1.800 €/mes, 14 pagas (incluidas 2 extras de 1.800 €), que causa baja el 30 de septiembre tras 273 días trabajados en el año, habiendo disfrutado ya 10 días de vacaciones.

  1. Salario diario bruto: 1.800 € × 12 meses / 365 = 59,18 €/día (se usan las 12 mensualidades ordinarias; las pagas extras se tratan aparte, ver abajo).
  2. Vacaciones generadas: (22 / 365) × 273 = 16,45 días.
  3. Vacaciones pendientes: 16,45 − 10 disfrutadas = 6,45 días.
  4. Importe a cobrar: 6,45 × 59,18 € = 381,71 €.

Esos 381,71 € se suman al resto del finiquito (salarios pendientes y parte proporcional de pagas extras). La calculadora aplica esta fórmula automáticamente con tus fechas reales.

Vacaciones y pagas extraordinarias prorrateadas

Si tu contrato prorratea las pagas extras (las reparte en las 12 mensualidades), el salario diario ya incluye esa parte y no hay que añadir nada aparte. Si cobras las 2 pagas extras por separado, la parte proporcional de las mismas también se liquida en el finiquito con la fórmula (2/12 × salario mensual × meses trabajados/12), pero eso es un concepto distinto de las vacaciones: no se confundan.

Vacaciones en el contrato a tiempo parcial

En el tiempo parcial los días de vacaciones son los mismos (22 días laborables/año por convenio o 30 días naturales según el contrato), pero el importe se calcula con el salario diario proporcional a las horas trabajadas. Un trabajador al 50% cobra la mitad por cada día de vacación que un equivalente a jornada completa. La proporcionalidad se aplica al salario, no al número de días.

Errores frecuentes de la empresa

  • No pagarlas en la baja voluntaria: ilegal. Las vacaciones son irrenunciables y siempre se abonan.
  • Calcular sobre el salario neto: el cálculo debe hacerse sobre el bruto; luego se aplica la retención de IRPF correspondiente.
  • Contar solo los meses completos: se computan los días exactos trabajados, no meses redondos.
  • Olvidar los días ya disfrutados: si tomaste vacaciones en el año, se restan de las generadas.

Vacaciones generadas vs. devengadas

Un matiz importante: los días de vacaciones se generan de forma continua desde el 1 de enero (o desde el aniversario de alta si el convenio lo marca así), pero se devengan cuando los disfrutas. En el finiquito solo se abonan las pendientes de disfrute. Si tu contrato empezó en marzo, el primer año generas la parte proporcional (marzo-diciembre); el año completo de 22 días solo se alcanza tras 12 meses de antigüedad ininterrumpida.

Plazo de pago de las vacaciones en el finiquito

Al igual que el resto del finiquito, las vacaciones pendientes deben abonarse en el momento de la extinción del contrato, junto con salarios y pagas. Si la empresa no las incluye, el importe adeudado devenga intereses de demora y puedes reclamarlo (ver artículo sobre finiquito impagado).

Trabajadores fijos discontinuos

En los fijos discontinuos las vacaciones se computan sobre los días efectivamente trabajados en la campaña, no sobre el año natural completo. Si trabajaste 100 días de una campaña de 200, generas la parte proporcional de esos 100 días. Muchas empresas delinquen aquí al prorratear mal el período de referencia; revisa siempre que el denominador sea tus días reales de actividad.

Vacaciones e incapacidad temporal (baja médica)

Los días de baja por enfermedad o accidente cuentan como días trabajados a efectos de generar vacaciones: tienes derecho a disfrutarlas al terminar la IT, y si el contrato se extingue estando de baja, las vacaciones no disfrutadas se liquidan igualmente en el finiquito. La IT no interrumpe la generación del derecho.

Cómo verificarlo en tu recibo de finiquito

En la nómina de finiquito las vacaciones aparecen como una línea específica ("vacaciones no disfrutadas" o "liquidación de vacaciones"). Comprueba que:

  • el número de días coincide con tu cálculo proporcional;
  • el importe usa tu salario diario bruto;
  • no se han restado vacaciones que ya tomaste;
  • la retención de IRPF aplicada es la correcta para tu tramo.
Si algún dato no cuadra, usa la calculadora para contrastar tu cifra antes de firmar.

Segundo ejemplo: pagas extras separadas

El mismo trabajador de antes (1.800 €/mes, 30 de septiembre, 273 días, 10 vacaciones disfrutadas) pero con 2 pagas extras aparte (no prorrateadas). El salario diario sube porque el bruto anual es 1.800 × 14 = 25.200 €: 25.200 / 365 = 69,04 €/día. Vacaciones pendientes 6,45 días × 69,04 = 445,31 €. La diferencia (63,60 € más) es justo la parte proporcional de las pagas extras repartida en el día. Por eso conviene siempre introducir en la calculadora si tus extras van prorrateadas o aparte.

Vacaciones pendientes según tipo de cese

El importe de las vacaciones no cambia con el motivo del cese, pero conviene situarlo:

  • Baja voluntaria: se cobran siempre. Planifica la fecha de salida si quieres disfrutarlas antes en vez de que te las paguen.
  • Despido improcedente/objetivo: se suman a la indemnización en el mismo recibo; revisa que no se solapen los cálculos.
  • Fin de contrato temporal: mismo criterio proporcional; al ser contrato corto, suele haber pocos días pendientes.
  • Jubilación o fallecimiento: las vacaciones generadas y no disfrutadas se abonan a los herederos en el fallecimiento.

Resumen

El cálculo de vacaciones en el finiquito es mecánico pero sensible a los días exactos y al salario diario bruto. Apunta tres números —días trabajados en el año, días ya disfrutados y salario diario— y la fórmula hace el resto. Si quieres evitarte la hoja de cálculo, la calculadora gratuita hace el desglose completo en segundos y además incluye salarios pendientes, pagas y, si aplica, la indemnización.

Comparativa rápida de importes

Salario mensualSalario diario (12 pagas)6,45 días pendientes6,45 días (14 pagas)
1.200 €39,45 €254,45 €296,87 €
1.800 €59,18 €381,71 €445,31 €
2.500 €82,19 €530,13 €618,21 €
3.500 €115,07 €742,20 €865,49 €

La tabla ilustra cómo el mismo número de días pendientes produce importes muy distintos según el salario y la forma de cobrar las pagas extras. Por eso el dato clave es siempre el salario diario bruto real, no una cifra redonda.

Base legal

El derecho se encuentra en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (vacaciones anuales retribuidas, mínimo 30 días naturales o los que fije el convenio) y en el artículo 26.1 sobre la liquidación de partes proporcionales. El Tribunal Supremo ha sentado que las vacaciones son irrenunciables (sentencia de la Sala de lo Social) y que su retribución debe ser la ordinaria del periodo trabajado. Si tu convenio colectivo mejora el mínimo legal (más días o mejor retribución), se aplica el convenio.

Qué hacer si hay discrepancia

Ante una cifra que no cuadra: (1) pide el detalle por escrito a RRHH; (2) calcúlalo tú mismo con la calculadora; (3) si persiste, firma en "no conforme" y conserva una copia; (4) envía burofax solicitando la regularización; (5) acude al SMAC o a los juzgados de lo social dentro del plazo de 1 año. No firmes un finiquito con cifras vacías ni aceptes renuncias genéricas a cantidad superior.

Ejemplo por mes de salida (salario 1.800 €, 12 pagas)

Mes de ceseDías trabajadosVacaciones generadasImporte (sin disfrutadas)
Febrero593,56 días210,60 €
Abril1207,24 días428,46 €
Julio21212,79 días756,86 €
Octubre30418,34 días1.085,21 €
Diciembre36522,00 días1.301,96 €

Resta de cada importe los días que hayas disfrutado ese año para obtener el pendiente real. La calculadora hace esta resta automáticamente.

Glosario rápido

  • Vacaciones generadas: días que has devengado proporcionalmente al tiempo trabajado en el año.
  • Vacaciones devengadas: las que has disfrutado efectivamente.
  • Vacaciones pendientes: generadas menos disfrutadas; es lo que se liquida.
  • Salario diario bruto: bruto anual / 365; base del cálculo de la liquidación.
  • Prorrateo de pagas: repartir las extras en 12 mensualidades; afecta al salario diario.

Con estos conceptos claros, el cálculo de tus vacaciones en el finiquito deja de ser una caja negra. Y si prefieres no hacer números, la calculadora de finiquito integra las vacaciones con el resto de conceptos en un solo desglose.

Casos especiales que conviene revisar

  • Reducción de jornada por guarda legal: las vacaciones se calculan con el salario ordinario previo a la reducción o el reducido según corresponda al período; no pierdes días, solo el importe se ajusta a la jornada.
  • Excedencia: el tiempo en excedencia no genera vacaciones; el cómputo se hace sobre los días trabajados reales antes y después.
  • Teletrabajo: no afecta al cálculo; las vacaciones se devengan igual que presencial.
  • Contrato a prueba: si causas baja en el periodo de prueba, las vacaciones generadas hasta ese momento se liquidan igualmente.

En cualquiera de estos supuestos, el principio es el mismo: días proporcionales al tiempo efectivo trabajado × salario diario bruto. La calculadora admite las fechas exactas para reflejar interrupciones como excedencias o reducciones.

Calcula tus vacaciones pendientes

La calculadora hace el cálculo exacto con tus fechas reales.

Calcular →

Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso concreto, consulta con un abogado laboralista.

Preguntas frecuentes

Sí. Las vacaciones son un derecho adquirido. Independientemente de cómo termina la relación laboral, la empresa debe pagarte los días que no hayas disfrutado.
En ese caso la empresa podría descontar de tu finiquito el exceso de vacaciones disfrutadas. Esto es poco frecuente pero legalmente posible.
Se divide el salario bruto anual (12 mensualidades ordinarias) entre 365. Si tienes pagas extras por separado, se suman al bruto anual antes de dividir. El resultado es el importe por día de vacación pendiente.
Sí, se integran en la base imponible del ejercicio y llevan la retención que corresponda según tus ingresos. No están exentas (a diferencia de parte de la indemnización por despido improcedente).
Sí. Tienes 1 año desde el cese para reclamar. Firma el finiquito en "no conforme", envía un burofax y, si no hay acuerdo, demanda ante el SMAC o el juzgado de lo social.