Indemnización por ERE y despido colectivo 2026
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En un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), la indemnización suele ser de 20 días por año (tope 12 mensualidades), similar al despido objetivo. Sin embargo, el acuerdo del periodo de consultas puede mejorar esta cifra.
Tipos de ERE: extintivo, suspensivo y reducción de jornada
- ERE extintivo (despido colectivo): extingue los contratos de trabajo. Indemnización mínima de 20 días/año. Es el más habitual cuando se habla de "ERE".
- ERE suspensivo: suspende temporalmente los contratos (ERTE). No hay indemnización, pero los trabajadores cobran desempleo parcial y conservan su puesto.
- Reducción de jornada: reduce la jornada entre un 10% y un 70%. No hay indemnización, pero se cobra desempleo parcial por las horas perdidas.
Este artículo se centra en el ERE extintivo (despido colectivo). Para ERTEs, consulta la normativa específica del SEPE.
Derechos del trabajador en un ERE extintivo
- Indemnización: mínimo 20 días/año (tope 12 mensualidades). El acuerdo puede mejorarla hasta 33 días o más.
- Finiquito completo: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas extra proporcionales.
- Preaviso mínimo: 30 días desde la comunicación individual hasta la fecha de efectos.
- Prestación por desempleo: si cumples requisitos de cotización (mínimo 360 días en los últimos 6 años).
- Periodo de consultas: la empresa debe negociar con los representantes de los trabajadores durante un máximo de 30 días (15 en empresas <50 trabajadores).
- Autoridad laboral: el expediente se comunica a la autoridad laboral, que verifica el cumplimiento de requisitos.
Tabla general en indemnización por despido.
Cómo se calcula la indemnización en un ERE
La indemnización se calcula igual que en el despido objetivo:
Indemnización = 20 días × años trabajados × salario diario
Donde salario diario = salario anual bruto ÷ 365 (incluyendo pagas extra).
Tope: 12 mensualidades (1 año de salario).
Ejemplo práctico: ERE con indemnización mejorada
Trabajador con 30.000 €/año brutos y 8 años de antigüedad. La empresa negocia una mejora a 25 días/año:
- Salario diario: 30.000 € ÷ 365 = 82,19 €/día
- Indemnización legal (20 días): 82,19 × 20 × 8 = 13.150 €
- Indemnización mejorada (25 días): 82,19 × 25 × 8 = 16.438 €
- Finiquito ordinario (vacaciones + pagas): ~3.700 €
- Total con mejora: ~20.138 €
Protecciones especiales en ERE
Ciertos trabajadores tienen protección reforzada y no pueden ser incluidos en un ERE:
- Embarazadas y lactantes: desde el inicio del embarazo hasta 12 meses después del parto.
- Representantes de los trabajadores: delegados sindicales, miembros del comité de empresa.
- Trabajadores en excedencia por cuidado de hijos: durante la excedencia.
- Trabajadores con reducción de jornada por guarda legal: tienen protección reforzada.
Prestación por desempleo tras ERE
El ERE da derecho al paro si cumples requisitos de cotización (mínimo 360 días en los últimos 6 años). El finiquito y la prestación son compatibles. Ver compatibilidad finiquito y paro. Los salarios de tramitación no aplican en ERE (solo en despido nulo).
Importante: la indemnización del ERE no se descuenta de la prestación por desempleo. Son pagos independientes.
Cuándo impugnar un ERE
Puedes impugnar individualmente si:
- El expediente no cumple requisitos formales (periodo de consultas, causa económica acreditada).
- La selección de trabajadores es discriminatoria.
- No se ha comunicado a la autoridad laboral.
- No se ha respetado el preaviso de 30 días.
Si el juez lo declara improcedente, la indemnización sube a 33 días/año. Ver improcedente 33 días.
Plazos del proceso de ERE
El proceso de ERE tiene varias fases con plazos legales. Primero, la empresa comunica la apertura del periodo de consultas a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral. Este periodo dura un máximo de 30 días (15 en empresas de menos de 50 trabajadores). Si hay acuerdo, la empresa procede a los despidos con el preaviso legal de 30 días. Si no hay acuerdo, la autoridad laboral emite informe y la empresa puede ejecutar el ERE, aunque los trabajadores pueden impugnar individualmente.
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Usar la calculadora →Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso concreto, consulta con un abogado laboralista.