IRPF e impuestos del finiquito 2026

📌 Puntos clave

  • Salarios, vacaciones y pagas del finiquito tributan en IRPF.
  • Las indemnizaciones por despido tienen exención parcial (art. 7 LIRPF).
  • La retención a cuenta no es el impuesto definitivo.
  • Puedes reclamar si la retención fue incorrecta en la renta.

Al cobrar tu liquidación, Hacienda puede aplicar retenciones de IRPF. Conocer la diferencia entre finiquito e indemnización te ayuda a entender el neto que recibirás.

Cómo tributa el finiquito

El artículo 7.e) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) declara exentas las indemnizaciones por despido hasta el límite legal establecido (180.000 € para despidos improcedentes y objetivos), siempre que no superen los topes del Estatuto de los Trabajadores.

Los conceptos salariales (días trabajados, vacaciones, pagas) son rendimientos del trabajo. Las indemnizaciones por extinción pueden estar exentas hasta 180.000 € en supuestos legales (con límites por año de servicio).

Tramos IRPF 2026 (referencia estatal)

Base liquidable (€)Tipo estatal
Hasta 12.4509,5%
12.450 – 20.20012%
20.200 – 35.20015%
35.200 – 60.00018,5%
Más de 60.00022,5% + autonómico

Se suman tipos autonómicos. La retención del finiquito suele calcularse de forma especial en nómina de finiquito.

Diferencia finiquito e indemnización

El finiquito ordinario no goza de la misma exención que la indemnización por despido improcedente u objetivo. Planifica el impacto fiscal en tu cálculo total.

Ejemplos de retención según salario

  • Finiquito solo salarial 3.000 €: retención variable (15% aprox. en muchos casos si no hay indemnización).
  • Finiquito 5.000 € + indemnización 15.000 € exenta: retención principalmente sobre la parte salarial.

Calcula tu finiquito bruto

Primero calcula el importe total; luego revisa la nómina de finiquito de la empresa.

Calcular →

Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso concreto, consulta con un abogado laboralista.

Preguntas frecuentes

Sí, en la declaración de la renta o solicitando rectificación si hubo error en la retención.